Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han votado: el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 16% será aplicable a todo alimento para mascotas, y animales, en general.
Esto porque los alimentos para animales no son productos de la canasta básica, como explica el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
“La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial», apuntó el ministro.
Y aplicará para todo tipo de alimento para animales.
Así que a elegir bien el alimento de nuestras bendiciones.
Publicado el: noviembre 8, 2018.